Hasta 200.000 euros de multa por incumplir la normativa sobre «drones»
Desde hace un año, España cuenta con una normativa para regular el uso de drones en actividades profesionales. Los mismos, deben cumplir con una serie de requisitos para poder operar con ellos. Desde el Ministerio de Fomento han querido recordar que “los drones no son juguetes, son aeronaves”, por lo que hay que utilizarlos en los espacios adecuados y respetando las medidas de seguridad.
La Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), dependiente del Ministerio de Fomento, ha señalado que los «drones» para uso lúdico o deportivo no están autorizados para sobrevolar sobre aglomeraciones de personas, tales como parques, playas, conciertos, bodas, manifestaciones o procesiones.
En este sentido, habría que cumplir una serie de requisitos de seguridad, no utilizándose sobre aglomeraciones de personas, de noche, cerca de aeropuertos, aeródromos, helipuertos o donde se realicen vuelos con otras aeronaves a baja altura, como las zonas de parapente, ultraligeros o paracaidismo.
Por su parte, la AESA ha destacado que, aunque para usar un dron de forma lúdica no es necesario ser piloto, sí se debe saber volar con seguridad. En este sentido, no puede ponerse en peligro a personas en tierra y a otras aeronaves. Además, los daños que cause el dron son responsabilidad de quien lo maneja.
Igualmente, ha recordado que el uso imprudente de un “dron” puede tener consecuencias para otras personas y, a aquel que lo pilote de forma indebida, se le pueden imponer multas de hasta 225.000 euros.
Asimismo, la normativa europea establece que ninguna aeronave podrá conducirse negligente o temerariamente de modo que ponga en peligro la vida o propiedad ajenas.
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