El mercado de los drones despega en España tras un año de regulación

DRON en vuelo con montañas detrás

El Ministerio de Fomento informa en nota de prensa que más de la mitad de las escuelas autorizadas por la Agencia Estatal de Seguridad Aérea (AESA), dependiente del Ministerio de Fomento, han notificado que imparten cursos de piloto de drones y se han tramitado 75 propuestas de expedientes sancionadores por el uso irregular de los mismos durante el primer año desde la entrada en vigor de la normativa que regula el uso de este tipo de aeronaves tripuladas por control remoto.

La regulación de los drones ha respondido a la necesidad de establecer un marco jurídico que permita el desarrollo en condiciones de seguridad de un sector tecnológicamente puntero y emergente. Los operadores de drones de 25 kilos o menos, no necesitan una autorización de AESA, pero sí tienen que presentar en la Agencia una declaración responsable conforme cumplen todos los requisitos que marca la ley.

La normativa española es flexible y contempla los principios que inspirarán a la futura normativa europea

la actual normativa será actualizada mediante la aprobación de un Real Decreto que está en fase de valoración de alegaciones presentadas por el sector.
Esta nueva normativa estudia permitir escenarios operacionales adicionales, entre ellos, el vuelo en zonas urbanas, siempre y cuando tengan los permisos necesarios y cumplan las medidas adicionales específicas de seguridad, como que sean aeronaves de hasta 10 kilos, a una distancia máxima del piloto de 100 metros y de una altura máxima de 120 metros, en zonas acotadas o a una distancia de seguridad de edificios y personas.

Los principios fundamentales que rigen la normativa española, son los mismos que regirán la regulación europea, prevista para 2016, y que se acordaron en marzo de 2015 en la Conferencia de Riga: facilitar el crecimiento de este prometedor sector pero siempre garantizando la seguridad de las operaciones y bienes en tierra.

Otros de los principios de la declaración de Riga, que ya contempla la legislación española es que los drones necesitan ser tratados como nuevos tipos de aeronaves con reglas proporcionales basadas en el riesgo de cada operación, y que el operador de un avión tripulado por control remoto es el último responsable de su uso.

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